La figura del procurador ha experimentado una transformación profunda desde la entrada en vigor de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. Lo que durante décadas se identificó casi exclusivamente con la representación procesal de la parte ha adquirido, a través de las sucesivas reformas legislativas, una dimensión pública de primer orden. Hoy somos profesionales jurídicos garantes de la seguridad jurídica y la legalidad procesal, con funciones que contribuyen directamente a mejorar la prestación del servicio público de justicia.
Sobre la evolución de esta figura indispensable en el sistema judicial, le hablamos desde este nuevo artículo de J. Gabriel Santos Conde, su procurador en Pontevedra y decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Pontevedra.
De representantes procesales a actores clave del sistema judicial
Las reformas han atribuido al procurador competencias que van mucho más allá de la mera representación: la práctica de actos de comunicación y la realización de funciones materiales de ejecución, siempre bajo la autorización del juez y la supervisión del Letrado de la Administración de Justicia. Este ensanchamiento de funciones no es un reconocimiento simbólico, sino una respuesta a la necesidad real de agilizar un sistema judicial que requiere apoyos técnicos cualificados en cada fase del proceso.
La procura, pionera en la transformación digital de la Justicia
Mucho antes de que la digitalización se convirtiera en un imperativo general, los procuradores ya habían asumido el reto de relacionarse con la Administración por medios telemáticos. Fuimos la primera profesión jurídica en hacerlo, impulsando el expediente judicial electrónico con un esfuerzo formativo y económico considerable para los despachos profesionales. Ese compromiso con la modernización ha situado a la procura en una posición de referencia dentro del conjunto del sistema.
Las últimas reformas: avances y retos pendientes
El RDL 6/2023 y la Ley Orgánica 1/2025 suponen un cambio estructural de calado en la configuración de la Administración de Justicia. La implantación de los Tribunales de Instancia exige una transformación organizativa y edilicia de envergadura que, con una vacatio legis de apenas tres meses, ha generado disfunciones y dilaciones que requieren solución urgente mediante la dotación de medios personales y materiales adecuados.
Métodos alternativos de resolución de conflictos: una medida que merece revisión
La obligatoriedad de acudir a los MASC con carácter previo a la interposición de la demanda en el ámbito civil plantea interrogantes serios sobre el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva. En este sentido, desde el Ilustre Colegio de Procuradores de Pontevedra se considera necesario ampliar los supuestos de exclusión, especialmente en procedimientos monitorios y asuntos matrimoniales, donde la imposición de este requisito de procedibilidad puede convertirse en un obstáculo real para el ciudadano.
Como procurador de los tribunales en Pontevedra con más de 30 años de experiencia y presencia en los partidos judiciales de Pontevedra, Santiago de Compostela y A Coruña, J. Gabriel Santos Conde se mantiene comprometido con una justicia más ágil, accesible y garantista para todos los ciudadanos. Si necesita representación procesal, puede contactar con el despacho en el 986 543 228.